Pro Consumidor dice: Derechos del Consumidor son Derechos humanos
La Voz Comunitaria RD
Los derechos de los consumidores
forman parte del conjunto de los Derechos Humanos protegidos también por la Constitución de la República.
En la resolución 39-248, del 9 de
abril del año 1985, y las directrices ampliadas del año 1999, instan a los
gobiernos a garantizar los derechos del consumidor como derechos de tercera y
segunda generación por las implicaciones económicas y sociales que se ha generado
por el ordenamiento económico actual.
La Directora de PRO CONSUMIDOR, licenciada Altagracia
Paulino, se pronunció en estos términos al participar como invitada en el
programa Los Derechos Humanos, de la escuela de Derechos Humanos del Ministerio
de las Fuerzas Armadas.
Precisó que aunque la Naciones Unidas estableció los derechos de los consumidores
como derechos humanos de tercera generación, en la práctica
adquieren el orden de segunda generación,
por su incidencia en la sociedad, por su impacto en la economía y las
consecuencias sociales y culturales que implican las nuevas formas de hacer
comercio.
“Es bueno que las gente conozca porque se llaman de primera, de
segunda y de tercera generación, porque realmente es el lugar donde están enumerados
en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos”, dijo la directora de Pro Consumidor
Entrevistada en el programa “La
Voz de los Derechos Humanos”, que se transmite los lunes por
la emisora La Voz
de la Fuerzas Armada,
conducido por los licenciados Valery Sánchez, José López Díaz, José Ricardo
Ventura y Aníbal Martes dijo que el
consumidor al comprar debe procurar saber e informarse de las condiciones del producto y sus garantías.
Manifestó que la
Carta Universal de los Derechos, clasifica los
derechos humanos en primera, segunda y
tercera generación, y que los
Derechos del Consumidor se vinculan como ejes trasversales en lo
económico, salud, educación, alimentación, información y medio ambiente.
Precisó que esos derechos están
en la Constitución
de la República,
proclamada en el año 2010
estableciendo los Derechos del
Consumidor en el artículo 53,
indicando que toda persona tiene
derecho adquirir bienes y servicios de calidad y
a una información objetiva, veraz
y oportuna sobre el contenido y las
característica de los productos que usa
o consume.
Manifestó que el consumidor es la
persona que actúa en el mercado buscando bienes y servicios por el que paga, es
la relación del ciudadano global con el consumo global, porque las personas
hacen lo mismo en toda parte del mundo, consumir bienes y servicios.
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